Normativa
"Artículo 9.- Ámbito laboral.

La Administración laboral de la Comunidad Autónoma del País Vasco, a través de Osalan, promoverá, en colaboración con los gestores de las distintas Administraciones públicas, los empresarios y las empresarias y las asociaciones empresariales y sindicales, la puesta en marcha de programas de prevención en el medio laboral, preferentemente en el marco de los servicios, actividades y participación previstos en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Así mismo impulsará la colaboración de las empresas en los programas públicos de asistencia e inserción."
Ley 18/1998 del País Vasco
sobre prevención, asistencia e inserción en materia de drogodependencias.
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